La Corte Suprema Anula Aranceles de Trump: ¿Un Freno al Poder Presidencial?

viernes, 20 de febrero de 2026

En pocas palabras

La Corte Suprema de EE. UU. ha declarado inconstitucionales los aranceles de Trump, marcando un límite claro al poder ejecutivo en materia económica.

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Qué pasó

Desde el rincón más alto de la justicia, la Corte Suprema de Estados Unidos ha lanzado un mensaje claro, como una campana que resuena por toda la ciudad. Han declarado que los aranceles que el presidente Donald Trump impuso, allá por su mandato anterior, no tienen cabida bajo la Constitución. Fue un golpe directo a su estrategia comercial, un paso atrás para la Casa Blanca.

El tribunal, con voz unánime, dijo que el presidente se extralimitó en su autoridad. Es como si hubiese tomado una herramienta que no le correspondía, pues la Constitución guarda para el Congreso el poder de poner impuestos y gravámenes.

Dónde y cuándo

La escena se desarrolló en Washington D.C., en los pasillos marmolados de la Corte Suprema, con la noticia brotando el viernes 20 de febrero de 2026. Los ojos del país estaban puestos en sus nueve magistrados, especialmente en el presidente del tribunal, John Roberts.

El telón de fondo eran las políticas de Trump tras su regreso a la Casa Blanca, con una serie de aranceles que buscaban, según él, corregir desequilibrios y combatir problemas. El ambiente era de expectación, con el pulso de los mercados pendientes de esta decisión.

Por qué es importante

Esta decisión no es solo una hoja suelta en el calendario; es un mojón en el camino institucional del país. Para quienes ven en la Constitución el faro, es una reafirmación del equilibrio de poderes. Es decir, nadie, ni siquiera el presidente, puede ir más allá de lo escrito en la ley fundamental.

Esto cambia la partida. Las viejas medidas comerciales de Trump ahora están en el aire, y las futuras negociaciones con otros países podrían tener un guion distinto. Para los que siguen su política económica, esta decisión desinfla una de sus banderas principales, mostrando que hay límites, incluso para las ideas más audaces.

Qué dicen las partes

Desde el estrado, la opinión mayoritaria del tribunal, con la voz de John Roberts, fue contundente. Dijeron que el presidente no encontró en ninguna parte una autorización explícita del Congreso para esas medidas. La Constitución, en su Artículo I, es muy clara: el poder de imponer tributos es cosa del Congreso, y punto.

Del otro lado, la Casa Blanca, en su momento, defendió que la ley de 1977, que habla de “regular importaciones” en emergencias, le daba carta blanca para fijar tarifas. Pero la Corte les ha dicho que no, que esa interpretación es demasiado elástica y no se ajusta a lo que los fundadores pensaron.

Qué viene ahora

La historia no termina aquí. Es probable que se revise un sinfín de medidas comerciales que se tomaron bajo el amparo de esos aranceles. Los socios internacionales, que sintieron el peso de esas tarifas, ahora tienen un nuevo escenario para negociar.

Miramos hacia el futuro con una certeza: el poder presidencial tiene límites bien definidos por la Constitución. Cualquier estrategia económica que se quiera implementar deberá, de ahora en adelante, mirar con mucho más cuidado los artículos de la Carta Magna. Es un recordatorio de que la balanza de poderes, aunque a veces se tambalee, siempre busca su centro.

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